Por: Primitivo Gil.
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el artículo 25 de la Ley 32-23 sobre Facturación Electrónica, argumentando que exigir a las entidades financieras una certificación de riesgo tributario para abrir productos financieros no relacionados con el ahorro vulnera el derecho a la intimidad y carece de racionalidad. Esta medida, según el tribunal, no contribuye al fortalecimiento del sistema tributario ni guarda relación con la finalidad de la ley.
La decisión se produjo tras una acción de inconstitucionalidad presentada por la asociación Emprendedores Unidos por el Desarrollo y la Libertad. El tribunal también evaluó el artículo 7 de la misma ley, que establece que las facturas electrónicas, una vez firmadas digitalmente y enviadas a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no pueden ser modificadas. En este caso, el tribunal determinó que dicha disposición es conforme a la Constitución, ya que existen mecanismos legales para corregir errores materiales relacionados con obligaciones tributarias.
Esta sentencia subraya la importancia de equilibrar las medidas de control tributario con la protección de los derechos fundamentales de los contribuyentes.